A partir de la emisión de las constancias de mayoría, las candidaturas, los partidos políticos y los ciudadanos tienen un plazo de cuatro días para impugnar si consideran que fueron violentados en alguna circunstancia, y el tribunal electoral (TEEM) resolverá sus impugnaciones, aseguró la magistrada presidenta de dicho cuerpo, Ixel Mendoza Aragón.

Señaló como algunas de las razones por las que se podría impugnar son que se considere que la votación que se recibió en una casilla es nula, que hubo alguna violación a los principios rectores de la función electoral, que existió un error o algún tipo de dolo en el cómputo de los resultados, o que ocurrió alguna afectación grave que haya puesto en riesgo el proceso electoral, entre otras causas.

Mencionó que desde el miércoles iniciaron las sesiones de cómputo de los paquetes electorales que ya están en los consejos distritales y municipales. A partir de estas sesiones se procede a la entrega de las constancias de mayoría a los candidatos que resultaron electos, son los resultados oficiales después de la revisión de cada voto.

Desde las elecciones del pasado 2 de junio, algunos candidatos a cargos de elección popular que no resultaron favorecidos en el Programa de Resultados Electorales Preliminares emitieron declaraciones sobre sus inconformidades y es probable que presenten impugnaciones más adelante.

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